Todo lo que necesitas saber sobre el trabajo nocturno
Dudas sobre el trabajo nocturno y el plus de nocturnidad
El trabajo nocturno es un tema que genera confusión, especialmente en torno a quién tiene derecho a cobrar el plus de nocturnidad. En la Federación de Servicios de USO, aclaramos tus dudas sobre el trabajo nocturno y cuándo debes recibir este complemento salarial.
¿Trabajo nocturno, qué es?
Según el artículo 36 del Estatuto de los Trabajadores, se define como trabajo nocturno aquel que se realiza entre las 22 horas y las 6 horas del día siguiente. Es importante destacar que, aunque los convenios colectivos pueden ampliar este horario, nunca pueden reducirlo.
Las restricciones sobre esta modalidad
Menores de edad
Es fundamental mencionar que, por legislación, los menores de 18 años tienen prohibido realizar trabajos nocturnos. Esta medida busca proteger su desarrollo y bienestar.
Formación
Las personas trabajadoras con contratos de formación no podrán realizar trabajos nocturnos.
Mujeres en periodo de lactancia
En virtud de la jurisprudencia europea, las mujeres que estén en periodo de lactancia natural deberán ser asignadas a otro turno que sea compatible con la lactancia.
¿Cuándo tienes derecho a cobrar el plus de nocturnidad?
Para tener derecho al cobro del plus de nocturnidad, es necesario cumplir con ciertas condiciones:
– Debes trabajar, al menos, tres horas entre las 22:00 y las 6:00 (a menos que tu convenio colectivo establezca otro mínimo).
– Alternativamente, deberás realizar en período nocturno una parte no inferior a un tercio de tu jornada de trabajo anual.
Se podrá calificar a una persona trabajadora como nocturna a quien, dentro de su calendario anual sea previsible que cumpla con los requisitos indicados anteriormente.
Casos Especiales: ¿Todos tienen derecho al plus?
No necesariamente. Existen trabajos cuya naturaleza implica que se desarrollen exclusivamente durante la noche. En estos casos, el plus de nocturnidad ya estaría incluido en la retribución del contrato. Ejemplos de ello son algunos convenios o en servicios de recogida de basuras.
Importes y regulaciones del plus de nocturnidad
¿Cuál es el importe del plus de nocturnidad?
El importe del plus de nocturnidad no está fijado de manera uniforme. En muchos casos, se regula como un porcentaje adicional sobre la hora ordinaria, mientras que, en otros convenios, se establece una cantidad específica por cada hora trabajada durante la noche.
¿Quiénes tienen derecho al plus de nocturnidad?
Cualquier persona trabajadora que cumpla con los requisitos relativos a la jornada nocturna tiene derecho a cobrar el plus de nocturnidad, independientemente de si realiza su jornada de forma habitual o esporádica.
Por otro lado, según la jurisprudencia reciente, los representantes legales de las personas trabajadoras también tienen derecho a cobrar el plus de nocturnidad, incluso si han utilizado horas sindicales y no han realizado jornada nocturna.
¿Qué sucede durante vacaciones o bajas?
Dado que el plus de nocturnidad es variable y se paga según las horas nocturnas trabajadas, si estás de baja o de vacaciones, no recibirás este complemento por esos días. Sin embargo, tu contrato o convenio puede incluir mejoras específicas que modifiquen esta situación.
Es esencial estar bien informado sobre el trabajo nocturno y sus implicaciones en términos de derechos y compensaciones. Si tienes más dudas, no dudes en consultar con el sindicato USO.








