Eliminados los límites del permiso por hospitalización
USO logra eliminar los límites del permiso por hospitalización en el convenio de Contact Center
El permiso por hospitalización en el sector del Contact Center ya no podrá limitarse de forma rígida a un disfrute continuado ni dentro de un plazo cerrado de diez días naturales, tras la sentencia de la Audiencia Nacional que elimina las restricciones impuestas en el III Convenio Colectivo del sector.
Desde USO celebramos un nuevo avance en la defensa de los derechos laborales del sector del Contact Center tras la sentencia de la Audiencia Nacional que elimina los límites impuestos al permiso por hospitalización, accidente, enfermedad grave o intervención quirúrgica de familiares que requieran reposo domiciliario.
Gracias a la demanda interpuesta por USO junto a otras organizaciones sindicales frente a la patronal del Contact Center, la Audiencia Nacional ha declarado ilegales las restricciones recogidas en el III Convenio Colectivo del sector, que obligaban a disfrutar este permiso de forma continuada y dentro de un plazo cerrado de diez días naturales.
Esta resolución supone un avance importante para las más de 100.000 personas trabajadoras del sector del Contact Center, al eliminar una de las cláusulas más restrictivas del convenio.
La Audiencia Nacional elimina restricciones al permiso por hospitalización
El artículo 30.1.b del convenio establecía que el permiso debía disfrutarse de forma continuada dentro de los diez días naturales siguientes al hecho causante, contando desde el primer día laborable para la persona trabajadora.
La Audiencia Nacional considera que esta limitación es contraria al artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores, ya que restringía un derecho reconocido legalmente y dificultaba su finalidad principal: facilitar el cuidado efectivo del familiar que lo necesita.
Con esta sentencia, el permiso deja de estar sometido a un sistema rígido que obligaba a consumir todos los días seguidos o dentro de un plazo concreto, aunque la necesidad de cuidados se mantuviera más allá de ese período.
El permiso podrá disfrutarse mientras persista la causa que lo origina
El fallo judicial declara ilegal el redactado que imponía el disfrute continuado del permiso dentro de los diez días naturales posteriores al hecho causante.
Según David Sánchez, responsable del sector del Contact Center de la FS-USO «el redactado actual del convenio establecía, en cuanto a la obligación de concentrar su disfrute en los diez días inmediatamente posteriores al hecho causante y de forma continuada, unos límites respecto a cómo y desde cuándo se debía iniciar el permiso imponiendo una restricción a un derecho donde la ley no la hacía e impidiendo adaptar la atención a las necesidades reales del familiar, las cuales en muchas ocasiones pueden y suelen ir más allá de esos límites».
El fallo judicial declara para dicho artículo la ilegalidad del siguiente redactado: “que serán disfrutados de forma continuada dentro de los diez días naturales, contados a partir del primer día laborable para la persona trabajadora en que se produzca el hecho causante, inclusive “, por lo que esto supone tres cambios fundamentales:
- El permiso no debe disfrutarse obligatoriamente de forma continuada.
- Desaparece el límite de los diez días naturales.
- No tiene por qué utilizarse de forma inmediata al hecho causante, pudiendo disfrutarse mientras este persista.
Mayor protección para el cuidado de familiares
Continúa Sánchez «esta resolución judicial viene a reforzar la finalidad real del permiso, que es atender las necesidades de cuidado de los familiares mientras se mantenga la causa que lo originó, además, confirma que un convenio colectivo no puede restringir un derecho legal si no supone una mejora respecto al Estatuto de los Trabajadores, lo que evidencia una vez más la precariedad de las condiciones laborales del Contact Center que genera el Convenio firmado por CCOO y UGT»
La sentencia se suma a la doctrina que ya venía marcando el Tribunal Supremo, consolidando una interpretación más protectora del derecho y más ajustada a la realidad de las familias que cuidan.
Detrás de esta resolución no hay solo una cuestión técnica de plazos. Los límites rígidos en el disfrute de estos permisos pueden tener un impacto especialmente intenso sobre las trabajadoras, ya que las responsabilidades de cuidado siguen recayendo mayoritariamente sobre las mujeres.
USO seguirá defendiendo los derechos laborales del Contact Center
Esta sentencia, aunque es recurrible, supone un nuevo avance en la defensa y mejora de nuestros derechos que se añaden a los ya conseguidos por USO mediante demandas en el sector como la consolidación del carácter laborable de los días por este mismo permiso, el carácter retribuido del permiso por fuerza mayor o el reciente pronunciamiento sobre la coincidencia entre la libranza semanal y un festivo y el derecho a generar un día adicional.








