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USO firma el Convenio de Limpieza de Puertos de Galicia en las provincias de Lugo y A Coruña

USO firma el Convenio de Limpieza de Puertos de Galicia en las provincias de Lugo y A Coruña

USO-Galicia consigue rubricar un acuerdo que mejora considerablemente las condiciones del personal de limpieza de puertos en la comunidad galaica. La subida salarial en la categoría de peones en A Coruña asciende a un 10% y se logran importantes avances en diferentes ámbitos para todo el personal en sendas provincias

Uno de los puntos principales es que la empresa aportará 30€ mensuales a cada trabajador para un plan de pensiones o de ahorro, siempre que dicho trabajador acredite los 15 primeros días del año, tenerlo contratado. Esta acreditación deberá llevarse a cabo cada año y tendrá validez para el año en curso. Los pagos por este concepto serán ingresados directamente por la empresa en la cuenta del plan de pensiones de cada trabajador.

Además, las plantillas percibirán 3 pagas extraordinarias al año, denominadas navidad, verano y marzo. La cuantía de las pagas extraordinarias será de 30 días de salario base y antigüedad y se abonaran entre el quince y el veinte de marzo, julio y diciembre. La prorrata será anual de fecha a fecha.

En el segundo año de vigencia del presente Convenio, los trabajadores percibirán una cuarta paga extra en el mes de Octubre igual al 50 % del salario base más antigüedad, que se abonará entre el quince y el veinte de octubre. En el tercer año de vigencia, esta paga extra pasará a ser del 100% del salario base y antigüedad.

El texto contempla diversos supuestos en caso de indemnización por accidente laboral:

  • En caso de muerte, incapacidad permanente o absoluta,
    causadas por accidente de trabajo, la empresa abonará la
    cantidad de 22.500 euros.
  • En el supuesto de muerte por infarto de miocardio generado
    por enfermedad común, orfandad o muerte por agresión, la
    empresa abonará la cantidad de 18.000 euros.

Se establecen asimismo, una serie de pluses de transporte y de asistencia que se percibirán en doce mensualidades.

Los trabajadores, tendrán derecho, en su caso, a acceder a la jubilación parcial, al cumplir la edad y requisitos exigidos en la legislación vigente.
La empresa fijará, de acuerdo con el trabajador el porcentaje de la jornada anual a trabajar, continuando el trabajador de alta y cotizando por este porcentaje hasta alcanzar la edad de Jubilación.
Este derecho se ejercerá si existe acuerdo previo con la empresa.

Este Convenio tendrá vigencia de 3 años a partir del 1 de noviembre del 2022.

Tienes el redactado completo en el siguiente enlace.

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