Seleccionar página

USO consigue acordar en la Audiencia Nacional que las bajas médicas y otros tipos de permisos no afecten a la hora de cobrar los incentivos en las empresas del Grupo Konecta

USO consigue acordar en la Audiencia Nacional que las bajas médicas y otros tipos de permisos no afecten a la hora de cobrar los incentivos en las empresas del Grupo Konecta

Tras la demanda por conflicto colectivo que presentó nuestra abogada, María Eugenia Moreno, letrada de la Asesoría Jurídica Confederal de USO, contra la compañía Digitex Informática, que forma parte del Grupo Konecta, el mayor grupo empresarial de servicios de telemarketing en España, se ha logrado el acuerdo que establece que una vez logrado los objetivos por parte de una persona trabajadora el uso de cualquier permiso o baja médica no impedirá en ningún caso el acceso a los incentivos

Este acuerdo pone fin al procedimiento de conflicto colectivo iniciado contra Digitex por parte de USO, debido a que las personas que se acogían a alguno de esos supuestos eran penalizadas con la pérdida total de la retribución por incentivos, a pesar de haber alcanzado los objetivos de venta marcados por la empresa.

“Nuestra defensa en este caso se ha basado en la Ley de Igualdad de 2007 y en la sentencia del Tribunal Supremo que, también con la misma base, ya habíamos ganado en el mismo sentido en los supermercados El Árbol. Se motiva en que se prohíben condiciones de trabajo que, aun pareciendo neutras, suponen una discriminación indirecta entre mujeres y hombres con respecto al cuidado familiar. Penalizando el uso de los permisos de cuidados, se desincentiva la corresponsabilidad y se abunda en la desigualdad de género”, sostiene María Eugenia Moreno, letrada de la Asesoría Jurídica Confederal de USO.

El sector de las teleoperadoras está fuertemente feminizado y precarizado. “Y este tipo de complementos puede suponer hasta el 30 % del salario percibido”, añade Moreno. Pero, además, también se penalizaba y criminalizaba la enfermedad, “para lo cual hemos argumentado la reciente Ley 15/2022 para la igualdad de trato y la no discriminación, que prohíbe explícitamente discriminar en supuestos de enfermedad y condición de salud, con especial mención a las retribuciones y condiciones laborales. De hecho, es la primera vez que se reconoce el derecho a la retribución proporcional en el caso de las bajas médicas entre las teleoperadoras”.

«Desde la Federación Estatal de Servicios celebramos este acuerdo en la Audiencia Nacional que beneficiará a la plantilla del grupo Konecta y en especial a las mujeres, porque al ser un sector muy feminizado, la penalización con la pérdida total de la retribución por incentivos recaía mayoritariamente en ellas, así como felicitamos a M ª Eugenia Moreno, nuestra letrada confederal, por su magnífica labor desarrollada en defensa de los derechos de los trabajadores y trabajadoras.», declara Ana Palacios, secretaria de Igualdad, Formación y Comunicación de la Federación de Servicios de USO.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Categorías