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Entra en vigor el Real Decreto que regula el plan de igualdad y su registro

Entra en vigor el Real Decreto que regula el plan de igualdad y su registro

El 14 de enero entran en vigor las medidas relativas al plan de igualdad reguladas en el RD 901/2020 de 13 de octubre, que regula los planes y su registro, que trae consigo novedades importantes

Obligatoriedad gradual de tener un plan de igualdad

Tanto las empresas que ya cuentan con un plan de igualdad como aquellas que están obligadas a tenerlo por primera vez deberán adaptar sus planes a este nuevo Real Decreto. Las empresas deben tener en cuenta la progresividad aprobada en la ley de marzo de 2019 sobre planes de igualdad:

  • A partir del 7 de marzo de 2020, deberán tenerlo todas las empresas con más de 150 personas en plantilla y hasta 250.
  • Desde el 7 de marzo de 2021, el plan de igualdad es obligatorio en las empresas de más de 100 y hasta 150 personas en plantilla.
  • El último tramo se aplica el 7 de marzo de 2022, en el que el plan de igualdad será obligatorio para todas las empresas de 50 o más personas en plantilla.

Los planes de igualdad vigentes antes del 14 de enero deberán adaptarse en el plazo previsto para su revisión, contando en todo caso, con el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de este RD, es decir, como máximo hasta el 14 de enero de 2022.

Esta adaptación pasará por aprobar nuevamente el plan de igualdad en el seno de la Comisión Negociadora, habiendo revisado el diagnóstico de situación, el propio plan e incorporando al mismo todas las materias reguladas en este nuevo RD.

 

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