Seleccionar página

Salario Mínimo Interprofesional en 2026

Salario Mínimo Interprofesional en 2026

El SMI sube a 1.221 euros en 2026 con efectos retroactivos desde el 1 de enero.

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2026 se fija en 1.221 euros al mes en 14 pagas, es decir, 17.094 euros brutos anuales. La medida ha sido aprobada mediante el Real Decreto, 126/2026, el cual tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero, a pesar de haberse publicado el 19 de febrero.

La subida supone un incremento mensual de 37 euros respecto a 2025, lo que representa un aumento del 3,1%. La actualización se ha realizado en virtud de lo establecido en el artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 149.1.7 de la Constitución Española, tras el informe de la Comisión de Expertos remitido a la Mesa de Diálogo Social. El acuerdo ha contado con el respaldo del ejecutivo y las organizaciones sindicales, aunque sin el apoyo de la representación empresarial.

¿Cuándo entra en vigor el SMI del año 2026?

Según se establece el Real Decreto 126/2026, las cuantías deberán regir a partir del 1 de enero de 2026, tanto para las personas trabajadoras que son fijas como para las eventuales o temporeras y personas trabajadoras del hogar. Aunque el RD ha entrado en vigor el 19 de febrero, sus efectos, tal y como se ha indicado anteriormente, se aplicaran de manera retroactiva desde el 1 de enero de 2026.

Cuantía detallada del SMI

Para las actividades de agricultura, industria y servicios, el SMI queda fijado de la siguiente manera:

  • 40,70 euros al día.
  • 1221 euros al mes (14 pagas).
  • 17094 euros en cómputo anual.

En el caso de las personas trabajadoras eventuales, las temporeras y los temporeros cuyos servicios en una misma empresa no excedan de 120 días percibirán, conjuntamente con el salario mínimo, la parte proporcional de domingos, festivos y las dos gratificaciones extraordinarias correspondientes al salario de 30 días en cada una de ellas. La cuantía por jornada legal no podrá ser inferior a 57,82 euros.

El salario mínimo de las personas trabajadoras del hogar que presenten servicios por horas, en régimen externo, será de 9,55 euros por hora efectivamente trabajada.

¿Está exento de tributación o retención el Salario Mínimo Interprofesional?

Con carácter general, quienes perciban únicamente el SMI no estarán obligados a tributar si no superan el mínimo anual para presentar la declaración de IRPF.

No obstante, pueden producirse retenciones en las nóminas si la persona trabajadora acumula varios contratos temporales. Si al final del año fiscal no se ha percibido una cuantía superior a 17.094 euros brutos, se podrá solicitar la devolución de las retenciones practicadas en la declaración de la renta.

¿Se aplica la subida a los salarios en especie?

El SMI se computa exclusivamente sobre la retribución en dinero. El salario en especie no puede reducir la cuantía integra que deberá percibirse en metálico.

Además, el SMI define que cuantía retributiva debe percibir la persona trabajadora en relación con su jornada legal de trabajo, sin incluir, en el caso del salario diario, la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase una jornada inferior, se percibirá la cuantía a prorrata.

Por otro lado, el SMI se le pueden añadir los complementos salariales derivadas de circunstancias personales, del trabajo realizado o de la situación de la empresa.

No obstante, el Real Decreto contempla la posibilidad de compensación y absorción de complementos, por lo que los convenios colectivos deberán regular expresamente esta cuestión para evitar que la subida quede neutralizada.

¿Afecta esta subida a la solicitud de prestaciones territoriales?

La nueva cuantías del SMI no se aplicarán a las normas vigentes:

  • En las Comunidades y Ciudades Autónomas, ni de las entidades que integran la Administración local que utilicen el SMI como indicador o referencia del nivel de renta para determinar la cuantía de determinadas prestaciones, o para acceder a determinadas prestaciones, beneficios o servicios públicos; salvo su disposición expresa en contrario.
  • Contratos y pactos de naturaleza privada que utilicen el SMI como referencia a cualquier efecto, salvo que las partes acuerden su aplicación.

Sí deberán modificarse los salarios fijados en contratos o pactos privados que, en cómputo anual, estén por debajo de las nuevas cuantías del SMI 2026.

¿Qué se puede esperar del SMI en 2026?

La subida beneficia directamente a las personas trabajadoras con salarios más bajos, pero el impacto real sobre su poder adquisitivo dependerá de cómo evolucione el IPC a lo largo del año.

Si la inflación se mantiene elevada, parte del incremento podría verse absorbido por el aumento de los precios de consumo.

«La subida del salario mínimo, pese a las críticas empresariales, no responde todavía a la realidad económica que viven miles de personas trabajadoras. Desde la Secretaría de Acción Sindical de  Federación de Servicios  de USO, defendemos que es imprescindible avanzar en una mejora salarial real, que permita afrontar con dignidad el encarecimiento del coste de la vida y de la vivienda», incide Fernanda Correia, secretaria de Acción Sindical y Salud Laboral.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Categorías