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En el ERE de Garsa se consigue la reducción de 401 a 306 personas afectadas

En el ERE de Garsa se consigue la reducción de 401 a 306 personas afectadas

Tras múltiples y maratonianas jornadas de negociación con la empresa, los sindicatos presentes en la mesa, entre ellos USO, han llegado a firmar un acuerdo, por unanimidad, en el despido colectivo de la compañía de gestión de activos bancarios que palia los efectos del primer planteamiento de la cúpula directiva de Garsa

Los puntos logrados en el documento son los siguientes:

Indemnizaciones

  • Para el colectivo de voluntarios de 60 o más años, su indemnización será equivalente a 25 días de salario por año de servicio con el límite de 13 mensualidades.
  • Para el resto de afectados una indemnización equivalente a 31 días de salario por año de servicio con el límite de 17 mensualidades.

Adscripciones Voluntarias

Para el área de Gestión de archivos (GdA) hasta un 70% de las personas afectadas totales en dicha área.

  • Para el resto de áreas hasta un máximo del 25% de los afectados/as totales , por cada área.
  • La empresa se reserva el derecho de veto para los puestos de Managers, Service Managers y Responsables (no office managers).
  • La empresa determinará libremente en cuál de las tres fases acordadas estarán incluidas las personas trabajadoras damnificadas dentro de la adscripción voluntaria.

En total, se produjeron 111 solicitudes de adscripción voluntaria, de las cuales la empresa rechazó 18, aprobando las restantes, 93. Si las sumamos a los afectados forzosos, al final se rebajó la cifra a 213, dando un resultado final de 306 personas afectadas que causan baja en la empresa tras este procedimiento de despido colectivo. Una reducción de casi un 25% sobre la cifra inicial planteada por Garsa.

Colectivos Protegidos

  • Personas víctimas de violencia de género judicialmente reconocida.
  • Personas en situación de maternidad/paternidad o mujeres embarazadas.
  • Personas trabajadoras con menores a cargo con enfermedades muy en aplicación del R.D. 1148/11.
  • Hasta un límite de un 20% máximo de los siguientes grupos estarán exentos de este ERE:

Personas en situación de reducción de jornada por guarda legal.

Personas con diversidad funcional superior al 20%.

  • En el supuesto de que un matrimonio, parejas de hecho o  convivientes debidamente acreditados en fecha anterior al 1 de junio de 2023, en que ambos pertenecen a la plantilla de Garsa, al menos una de la dos personas no será afectada por el despido colectivo.

Todos estos colectivos quedan protegidos, y, por tanto, no se les aplicarán las medidas extintivas.

Calendario de ejecución de la medida 

Los despidos se llevarán a cabo en 3 fases:

  • 8 de agosto de 2023. 47% de los mismos.
  • 30 de septiembre de 2023. 25% de los mismos.
  • 31 de diciembre de 2023. El 28% restante.

Bolsa de Empleo

  • Se constituirá durante 12 meses comenzando desde el último despido, es decir, la empresa podrá volver a contratar a estas personas; si la actividad se recupera este colectivo tendrá derecho de preferencia a la hora de la reincorporación.

USO formará parte de la Comisión de seguimiento de este Despido Colectivo y velará porque se cumpla lo pactado. La empresa se compromete a entregar la pertinente documentación a esta comisión para un correcto seguimiento del desarrollo del procedimiento de despido colectivo. Y tendrá vigencia desde el día siguiente al cierre del período de consultas hasta que se haga efectivo el último de los despidos de este ERE.

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