La EPA del tercer trimestre sigue el sendero del resto de estadísticas y nos muestra un verano marcado por la subida del paro trimestral y anual, además, de un aumento irreal de la ocupación, pues tiene en cuenta a los trabajadores en ERTE. En datos, el paro ha subido en 355.000 personas (10,54%) con respecto a junio; y en 508.000 (+15,82%) si miramos a 2019. Así, hasta contabilizar ahora 3.722.900 personas en paro.
La ocupación, según la Encuesta de Población Activa, mejoró. Se incrementó en 569.600 personas, pero con una trampa estadística: los 19.176.900 ocupados incluyen a personas en ERTE. El empleo público ha crecido a mejor ritmo que el privado, “una tendencia que esperamos que siga así, pues las plantillas de las Administraciones llevaban años en el chasis y es necesario reforzarlas para garantizar los servicios públicos. Además, el efecto de empleador público contribuye a dinamizar la contratación en el peor momento laboral de nuestra historia. Pero ojo, la Administración es la primera que tiene que dar ejemplo de condiciones laborales y debe estabilizar ese empleo tan pronto como la pandemia lo permita”, advierte Joaquín Pérez, secretario general de USO.
La bajada de actividad que supuso el confinamiento por el coronavirus se ha notado en un descenso en las estadísticas de accidentes laborales entre enero y mayo, pero hace aumentar la preocupación por las muertes en el trabajo. A pesar de la caída de la actividad y su consiguiente efecto en los accidentes de trabajo, en el mismo período ha habido más muertes por causas laborales que entre enero y mayo de 2020.
En concreto, se han registrado 38 fallecimientos más. 234 personas han perdido la vida en el trabajo entre enero y mayo de 2020, frente a la ya inasumible cifra de 2019: 196 muertes.
Los accidentes graves han bajado un 22,8% y los leves, un 28,8%.
Guía laboral monográfica de USO para Teletrabajo: consejos, claves, salud laboral y necesidades,
El teletrabajo y la reducción al máximo de la actividad presencial fue la primera medida adoptada cuando se desencadenó la crisis sanitaria del coronavirus covid-19. Se apostó por el teletrabajo incluso antes de la declaración del estado de alarma. Esta emergencia evidenció que este país no estaba preparado para el trabajo a distancia y que el teletrabajo era una práctica residual en el tejido empresarial español. Una modalidad más propia de grandes empresas, normalmente negociada en planes de igualdad o convenios por ir dirigida a la conciliación de la vida personal y familiar.
Pasados los días de confinamiento y, tras iniciarse la desescalada, sigue siendo una prioridad legislativa fomentar el teletrabajo en los sectores y puestos donde sea posible. El trabajo a distancia se ha convertido en una medida fundamental para la protección de la salud y la contención de la pandemia.
Tras los primeros días de emergencia, donde tanto trabajadores como empresas han adaptado su situación como han podido para teletrabajar, es el momento de afrontar que esta crisis sanitaria nos obliga a cambiar nuestra forma de percibir la presencia en el centro de trabajo. Es por tanto el momento de comenzar a negociar y establecer bases para aplicarlo adecuadamente.
La guía sobre el teletrabajo de USO, una necesidad para las personas trabajadoras
Conscientes de esta necesidad y para facilitar el trabajo de negociación y propuesta de los delegados y delegadas de USO, ponemos a su disposición esta herramienta. La Secretaría de Acción Sindical y Salud Laboral, y la Asesoría Jurídica Confederal han elaborado una publicación que recoge las CLAVES DEL TRABAJO A DISTANCIA O TELETRABAJO.
En esta guía, analizamos el concepto del teletrabajo, la regulación en nuestro país, las implicaciones en materia de salud laboral y desconexión digital. Teniendo en cuenta que la normativa española en este aspecto es mínima y está desfasada, hemos recopilado cómo se ha acordado la implantación de esta modalidad en la negociación colectiva.
El teletrabajo: una herramienta a desarrollar y regular
Desde USO, creemos que el teletrabajo no es la solución, es una herramienta. Se trata de un concepto que necesita de muchos aspectos para que su implantación sea adecuada. Este sistema de trabajo tiene grandes virtudes; pero, a su vez, muchos peligros si no se regula adecuadamente. Y debe hacerse a través de la negociación, adaptándose a las necesidades concretas y protegiendo los derechos de los trabajadores que lo lleven a cabo.
Por lo tanto, resulta imprescindible una regulación de esta materia que proteja a las personas trabajadoras más expuestas ante la nueva crisis económica que se avecina originada por el covid-19. Alemania ya ha anunciado que está elaborando una ley del teletrabajo como un derecho de los trabajadores, para finales del 2020. Esperamos que España no se quede atrás.
En 2018, el Gobierno aprobó el día 23 de marzo como el Día de la Conciliación de la vida personal, familiar y laboral y de la Corresponsabilidad en la asunción de responsabilidades familiares con el objetivo de mejorar la calidad de vida de todas las personas y para caminar hacia la erradicación de las desigualdades entre mujeres y hombres en todos los ámbitos de la vida.
Entre las materias que se pretendía trabajar hacia la conciliación y la corresponsabilidad real se encuentran la aplicación de horarios racionales, implantar mecanismos de flexibilización de la jornada entre otras, si bien no se contempla de forma clara el de teletrabajo en ese documento.
Teletrabajo durante la crisis del coronavirus
Ante la crisis sanitaria que nos azota actualmente, y como consecuencia del cierre de los centros educativos millones de padres no tienen posibilidad de acogerse al teletrabajo por la naturaleza de su puesto de trabajo y se ven abocados a tener que elegir entre cuidar a sus hijos o perder el empleo.
Desde el sindicato USO y para favorecer la conciliación en estos momentos consideramos que el teletrabajo sirve de gran ayuda para las familias que no tienen con quien dejar a sus hijos, no obstante, en condiciones normales, consideramos que las medidas asociadas al teletrabajo serían más eficientes cuando los niños estén escolarizados pues trabajar desde casa con niños en edades inferiores a los 12 años, con las necesidades que demandan, puede ser un auténtico caos y el rendimiento de la persona trabajadora no será el mismo.
En condiciones de escolarización habitual los progenitores se ahorran los tiempos de desplazamiento al trabajo, se reduce el estrés de conducir y las emisiones contaminantes que se generan, y se facilita la conciliación y la corresponsabilidad pues los progenitores podrían llevar y recoger a los menores de los centros educativos y habría mayor disponibilidad para pasar más horas juntos.
Además, esta crisis está suponiendo un primer acercamiento al teletrabajo real, y se está viendo cómo determinados trabajos sí pueden realizarse desde el domicilio del trabajador con una adecuada adaptación, que no se está dando actualmente por la urgencia de las medidas, pero que dándose la adaptación junto con una buena regulación del teletrabajo en la negociación colectiva, bien estructurado y regulado, podrían facilitar el mismo.
Imposibilidad de teletrabajar
Ante la imposibilidad de teletrabajar en la situación actual, la conciliación pasa por la adopción de los progenitores de la modificación o de la adaptación de la jornada que puede afectar tanto a la distribución del tiempo de trabajo como a cualquier otro aspecto de las condiciones de trabajo, dependiendo de las necesidades de cuidado del solicitante:
Se puede solicitar cambio de turno.
Modificar el horario.
Flexibilizar la jornada.
Cambiar de centro de trabajo o de funciones.
Modificar la forma de prestación del trabajo, como por ejemplo, hacerlo a distancia.
Así mismo, el Real Decreto aprobado en Consejo de Ministros el 17 de marzo sobre medidas urgentes para aplicar durante la crisis por el coronavirus establece que las personas trabajadoras tendrán derecho a una reducción de jornada con la consiguiente reducción de salario cuando se acrediten deberes de cuidado del cónyuge o pareja de hecho, o de los familiares por consanguinidad, hasta el segundo grado de la persona trabajadora (padres, hijos, suegros, yernos, nueras, abuelos, nietos, hermanos y cuñados), hecho este que discriminará a muchas familias si ambos progenitores trabajan y tuvieran que ver reducidos sus ingresos para poder cuidar de sus hijos.
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